CARTA DE SERVICIOS DE LA

AUTORIDAD METROPOLITANA DE TRANSPORTE

AÑO 2018

 

 “Identificación del Organismo

“Denominación: Autoridad Metropolitana de Transporte de Salta. (En adelante AMT de Salta) Jurisdicción original determinada por ley provincial de creación del organismo N° 7322 ampliada, por facultades propias, a  los  Municipios de Salta, San Lorenzo, Vaqueros, Cerrillos, Rosario de Lerma, Campo Quijano, el Carril, La Merced , La Caldera , Chicoana y por decreto N° 1103/17 a toda la provincia como autoridad de aplicación de la ley provincial N° 7126. Vinculada al Poder Ejecutivo provincial a través del Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda”

“Responsable/s de la elaboración y gestión carta de servicios: – Directorio y Gabriel Perea García, Responsable del Sistema de Gestión de Calidad de la AMT de Salta.”

“Dirección, Teléfono, Números de fax, página Web

Presidencia: Santiago del Estero 2245, 4° Piso, Salta, Capital (CP4400). Teléfono: 0387 4370164.

Atención al ciudadano: Avenida Tavella 1395. Salta, Capital (CP4400).Teléfono: 0387 4999901 – Línea Gratuita: 148 –  Web: www.amtsalta.gob.ar. E-mail: info@amtsalta.gov.ar.

 “Horarios de Atención al ciudadano. Telefónicamente: N° 148 de lunes a viernes de 8 a 20 horas. Personalmente: Oficinas de Avenida Tavella 1395. Lunes a viernes de 8 a 14 horas.”

“Fines del Organismo”.

Misión: “Garantizar a través de sus potestades de planificación, organización, actuación, regulación, fiscalización y control, la normalidad en la prestación del servicio público propio e impropio de transporte por automotor de personas en la Región Metropolitana y la provincia de Salta.”

 

Visión: ““Consolidar a través del pleno ejercicio de sus facultades, en  gestión proactiva, transparente e innovadora, una región metropolitana y una provincia cuyas características en materia de transporte público sean la eficiencia, la calidad, la seguridad y la accesibilidad.”

 

 “Catálogo de prestaciones:

  • Planificar, en concordancia con su misión y visión, el sistema de transporte y movilidad de la Región Metropolitana y la provincia de Salta.
  • Dictar reglamentos para los servicios públicos propios e impropios de transporte de pasajeros en la Región Metropolitana de Salta.
  • Hacer cumplir la normativa vigente para la prestación de los servicios que le competen
  • Establecer las bases para el cálculo de las tarifas aplicables.
  • Determinar las bases y condiciones para el otorgamiento de permisos, rutas, licencias y/o autorizaciones para la prestación del servicio de transporte, en las distintas modalidades, dentro de su competencia.
  • Velar por la protección de la propiedad, el medio ambiente y la seguridad pública y vial en la operación del Sistema Integrado de Transporte por Unidad de Red (SITUR) y de los servicios de transporte de pasajeros de carácter impropio en la Región Metropolitana de Salta.
  • Estudiar y aprobar, las modificaciones de recorridos que solicitare la Sociedad Anónima de Transporte Automotor (SAETA)
  • Realizar los estudios acerca de necesidades de viaje a propuesta de la Sociedad Anónima de Transporte Automotor (SAETA).
  • Promover la operación, confiabilidad, continuidad, regularidad, igualdad, libre acceso, no discriminación y uso generalizado de los servicios; y proteger adecuadamente los derechos de los usuarios respecto de tales elementos.

 

 “Participación ciudadana:

 

La Autoridad Metropolitana de Transporte, tiene la facultad de realizar  Audiencias Públicas.

Las normas de interés general se publican para consulta en el Boletín Oficial de la Provincia.

A través de la Página Web del Organismo, se pueden completar formularios, solicitar turnos de atención y para el caso de licenciatarios acceder a la gestión personal.

La línea gratuita N° 148  permite al ciudadano evacuar dudas, efectuar reclamos o aportar sugerencias en relación al sistema de Transporte público del Área Metropolitana y de la provincia de Salta.

Posibilidad de ingresar solicitudes, reclamos , sugerencias, pedidos, etc. formales  mediante la Mesa de entradas de AMT de Salta.

Atención personalizada en el organismo.

  “Referencia normativa:

Ley N° 7126, Ley Nº 7322, Decreto N° 1103/07, Decreto N°  2574/14, Resoluciones de AMT de Salta.

 “Sistema de reclamos, quejas, sugerencias y felicitaciones:

Modalidad a través del formulario en la Web del Organismo,  línea telefónica gratuita N° 148, Mesa de Entradas de AMT de Salta, o la atención personalizada.

 “Compromisos de calidad:

El Directorio de la AMT mediante Acta N° 31/14 aprobó el Plan de Calidad a los fines de gestionar los lineamientos vertidos por el Poder Ejecutivo Provincial, en la materia”

“Criterios para la actualización de los compromisos de calidad:

“Revisión anual de los compromisos de Calidad, análisis de los indicadores de gestión diseñados, en base a su eficacia y en la búsqueda de la mejora continua, se determinará su continuidad, modificación o nuevos compromisos.”

 

“Catálogo de los derechos del ciudadano.

Del servicio provisto por SAETA S.A. Los ciudadanos tienen derecho a:

 

  • Acceder a los servicios según los recorridos, frecuencias,  tarifas y gratuidades establecidas por la AMT.
  • Exigir de los operadores la prestación de los servicios conforme a los niveles de calidad y regularidad establecidos.
  • Efectuar reclamos ante los prestadores o la AMT en relación a la prestación de los servicios, y obtener respuesta en un tiempo razonable.
  • Denunciar ante la AMT cualquier conducta irregular u omisión de los prestadores o sus agentes que pudiera afectar sus derechos, perjudicar los servicios o el medio ambiente.
  • Disponer, con la suficiente antelación a su entrada en vigencia o implementación de toda la información relativa a las condiciones de prestación de los servicios involucrados, incluyendo – pero no limitándose- a la referida a horarios, tarifas, recorridos, desvíos y servicios especiales.
  • Viajar en condiciones de seguridad de acuerdo a la normativa vigente.
  • Exigir el cumplimiento de la ley nacional de tránsito Nº 24.449 y los derechos allí consignados.
  • Ascender y descender del vehículo en las paradas establecidas por la normativa vigente.
  • Recibir un trato cordial y respetuoso de los conductores e inspectores dependientes de los prestadores.
  • Acceder a los descuentos y beneficios que se establezcan en la medida que reúnan las condiciones que se requieran en cada caso.
  • Obtener un comprobante de viaje que informe el importe pagado, la fecha de emisión, la identificación del recorrido y unidad, así como el saldo disponible en caso de corresponder.
  • Acceder a la cobertura de seguros prevista, a la inmediata atención médica y tratamiento si correspondiese, en casos de lesiones o golpes al momento de ascender, descender o viajando en la unidad.

Del servicio de Taxis y/o Remises:

  • Conocer previamente el uso del servicio, la tarifa y las modalidades de su aplicación y devengamiento en lo referente a distancia, tiempo de espera y

demás componentes que la determinan.

  • Requerir que el vehículo y el conductor se encuentren en perfectas condiciones de higiene.
  • Conocer el tiempo estimado que demandará la salida y la llegada del

vehículo.

  • Exigir el cumplimiento de las normas de tránsito y seguridad vial por parte del conductor del vehículo utilizado.
  • Transportar equipaje acorde al servicio y al destino contratado.

La presente enumeración es simplemente enunciativa y no excluye los restantes derechos que se derivan de los principios constitucionales que informan la tutela del usuario y de las prácticas habituales de la actividad, acordes a la normativa vigente.

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